La Suprema Corte frena aumentos excesivos en rentas de la CDMX

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que en la Ciudad de México los incrementos a las rentas de vivienda no podrán superar la inflación anual, al declarar constitucional el artículo 2448 D del Código Civil local.

Durante la sesión del Pleno, el máximo tribunal precisó que la disposición no establece montos de renta ni fija precios, sino que limita los aumentos para evitar incrementos desproporcionados. La Corte señaló que esta medida contribuye a garantizar el derecho a una vivienda adecuada, especialmente frente a los procesos de gentrificación que se registran en diversas zonas de la capital.

Las y los ministros aclararon que la norma no vulnera la libertad contractual ni el derecho de propiedad, ya que arrendadores y arrendatarios conservan la facultad de pactar libremente el monto inicial de la renta. La restricción aplica únicamente a los ajustes posteriores, los cuales deberán alinearse con el índice inflacionario anual.

Asimismo, la SCJN validó la creación del Registro Digital de Contratos de Arrendamiento, al considerar que su operación se limita a recabar datos estrictamente necesarios con fines estadísticos y de monitoreo. Entre la información que podrá recopilarse se encuentran el monto de la renta, el incremento acordado, así como la colonia y alcaldía del inmueble, garantizando en todo momento la confidencialidad y protección de los datos personales.

Con esta resolución, la Corte establece un precedente en materia de regulación de rentas y políticas públicas orientadas a equilibrar los derechos de propietarios e inquilinos en la capital del país.

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