Garantiza OGAIPO derechos que tutela mediante Resoluciones a Recursos de Revisión

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Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- En su Décima Primera Sesión Ordinaria del 2022, el Consejo General del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO), resolvió recursos de revisión interpuestos por ciudadanos ante la respuesta proporcionada o falta de la misma, respecto a solicitudes de información generadas a Sujetos obligados estatales.

Se analizaron un total de 53 recursos en materia de acceso a la información y uno relativo a protección de datos personales; en cuanto al sentido de las resoluciones emitidas por el Órgano Garante Estatal, en 34 se modificó la respuesta del Sujeto obligado, en tres proyectos se confirmó la respuesta, 11 recursos de revisión fueron sobreseídos y seis fueron desechados.

De los recursos de revisión atendidos, ocho presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, diez la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, 15 fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, 12 de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y nueve presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.

Referente a los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, el recurso de revisión R.R.A.I. 0100/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó a los Servicios de Salud de Oaxaca modificar la respuesta a efecto de que realice declaratoria de inexistencia en la que de manera fundada y motivada establezca que la información solicitada relativa a contratos de adquisiciones, de los últimos 5 años, de los proveedores de alimentos,  no obra en los archivos físicos y electrónicos del Hospital General “Dr. Aurelio Valdivieso” y de la Jefatura de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios Generales, debiendo ser confirmada dicha declaración de inexistencia de esas unidades administrativas, por su Comité de transparencia y entregarla al recurrente. Del recurso de revisión R.R.A.I. 0105/2022/SICOM, se ordenó a Coordinación General del Comité Estatal de Planeación para el Desarrollo de Oaxaca (COPLADE) modificar la respuesta para que realice una búsqueda exhaustiva, de la información requerida relativa a la cantidad de obras priorizadas del 01 de enero del 2018 al 31 de diciembre de 2021, en el Municipio de Santiago Juxtlahuaca en las localidades identificadas y de forma desagregada. Por otra parte, se ordena realice declaratoria de incompetencia en la que, de manera fundada y motivada, establezca que la información solicitada relativa al presupuesto ejecutado de las obras priorizadas del 1 de enero del 2018 al 31 de diciembre de 2021, del municipio de Santiago Juxtlahuaca en las localidades identificadas, no se encuentra dentro de sus funciones y facultades, debiendo ser confirmada por su comité de transparencia. En cuanto al recurso de revisión R.R.A.I. 0130/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar la respuesta para que realice una nueva búsqueda exhaustiva de la información relativa al servidor público identificado adscrito a la Dirección de lo Contencioso, desagregada. Con relación al recurso de revisión R.R.A.I. 0150/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Villa de Zaachila modificar la respuesta a efecto que, de manera digital y a través de medios electrónicos, entregue la información requerida relativa al monto de la nómina para el ejercicio fiscal 2022; desagregada con nombre, puesto y sueldo quincenal o mensual y el Plan de Desarrollo Municipal. Sobre el proyecto R.R.A.I. 0160/2022/SICOM, se revocó la respuesta de la Secretaría General de Gobierno, y se ordena que realice una nueva búsqueda exhaustiva de los informes que, en el ámbito de su competencia como Encargado de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, genere, posea u obtenga en relación con el grupo de trabajo para atender la alerta de violencia de género en el estado.

Acerca de las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el recurso de revisión R.R.A.I.0300/2021/SICOM, del H. Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, se sobresee parcialmente en lo relativo al número y tipo de auditoría, versiones públicas de los informes de resultados, se confirma la respuesta respecto al padrón de contratistas, relación de obras públicas terminadas y en proceso de los años 2019 y 2020 y los expedientes de licitación de obra pública.  Se revoca la respuesta a efectos de que lleve a cabo una búsqueda exhaustiva de la información referente a información relativa a procedimientos sancionatorios y de responsabilidades administrativas; reporte de la información de auditorías a las autoridades correspondientes;  documentales relativas a la ley de ingresos, ingresos propios obtenidos, presupuesto de egresos, destino de recursos; relación y montos de contratos o convenios de distinta naturaleza; relación y expedientes de anticipos a proveedores; expediente de cumplimiento de obligaciones fiscales e información fiscal diversa; padrón de contribuyentes; información sobre obras públicas; información sobre cumplimiento de obligaciones de transparencia en general y sobre información financiera; información remitida de armonización contable; expedientes acerca la constitución de comités de obras, de adquisiciones y de contraloría social de los ejercicios 2019 al 2021 y la relación y expedientes de los derechos a recibir bienes o servicios y anticipos a contratistas por obras públicas. Mientras que en la resolución al proyecto R.R.A.I.0403/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Tapanatepec que proporcione la información requerida relacionada con licencias o permisos otorgados por el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) de los profesores que trabajan para el sujeto obligado en el ejercicio 2022, incluyendo al Sistema DIF Municipal.

En cuanto a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, en el asunto R.R.A.I. 0047/2021/SICOM/OGAIPO, el OGAIPO ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) modificar la respuesta y realizar una búsqueda exhaustiva de la información requerida, sobre tipo de clasificaciones con que se presupuestó la nueva cuenta del compromiso adquirido con CONFECCIONES SOPAK, S.A. DE C.V. por medio del contrato IEEPO/UE/007/2016,  mediante las CLC’s indicadas. Además, el tipo de gasto y/o clasificación económica de presupuestos de egresos de 2018 a 2021, si fue presupuestado el adeudo adquirido con la empresa antes mencionada. Sobre el recurso de revisión R.R.A.I. 0050/2021/SICOM/OGAIPO, se ordenó al IEEPO modificar la respuesta y realice una búsqueda exhaustiva de la información requerida, relativa al seguimiento financiero, control y registro, procedencia del recurso del programa estatal “Dotación Gratuita de Uniformes y Útiles Escolares”, correspondiente a los ejercicios fiscales 2016 y 2017. En relación al recurso de revisión R.R.A.I. 0056/2021/SICOM/OGAIPO, se ordenó al IEEPO modificar la respuesta y realizar una búsqueda exhaustiva en versión pública y de forma electrónica información del presupuesto no ejercido por objeto del gasto del programa estatal “Dotación de Útiles y Uniformes Escolares” con número de contrato IEEPO/UE/007/2016, del año 2016. En el expediente R.R.A.I. 0059/2021/SICOM/OGAIPO, el Pleno del OGAIPO ordenó IEEPO modificar la respuesta y realizar una búsqueda exhaustiva de los estados financieros correspondientes al 2016, en relación de la adquisición de uniformes escolares, con motivo del contrato número IEEPO/UE-007/2016, los registros contables por el ejercicio de presupuesto y la custodia de la documentación comprobatoria correspondiente al contrato y licitación antes mencionados. En el recurso R.R.A.I. 0062/2021/SICOM/OGAIPO, se ordenó al IEEPO modificar la respuesta y realizar una búsqueda exhaustiva sobre las acciones que han tomado en cuenta para el cumplimiento de los adeudos indicados. Concerniente al recurso de revisión R.R.A.I. 0065/2021/SICOM/OGAIPO, se ordenó al IEEPO modificar la respuesta y realizar una búsqueda exhaustiva y proporcionar versión pública y de forma electrónica los resultados de la consolidación del sistema contable de la Dirección Financiera, por lo que respecta al programa estatal “Dotación de Uniformes y Útiles Escolares” con número de contrato IEEPO/UE/007/2016, resultados que hayan sido presentados o no presentados al Oficial Mayor del Instituto del 2016. En el recurso de revisión R.R.A.I. 0071/2021/SICOM/OGAIPO, el Pleno del OGAIPO se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca modificar la respuesta y realizar una búsqueda exhaustiva y proporcionar versión pública y de forma electrónica de pagos efectuados al proveedor respecto al programa estatal “Dotación Gratuita de Uniformes y Útiles Escolares”, con número de contrato IEEPO/UE/007/2016, del año 2016. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I./0097/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Villa de Etla que proporcione el Directorio de todos los servidores públicos, incluyendo nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel de puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia, correo electrónico oficiales y la información curricular en versión pública y constancia de mayoría y validez emitida a favor del Presidente Municipal actual y a su cabildo. En el expediente R.R.A.I./0107/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec realizar una búsqueda exhaustiva de la información relativa a copias digitales del Contrato general de trabajo o condiciones generales de trabajo vigentes entre el Sindicato 12 de junio y el Ayuntamiento. Relativo al recurso R.R.A.I./0222/2022/SICOM, se ordenó al Telebachillerato Comunitario del Estado de Oaxaca que proporcione la información requerida sobre procesos de recepción de Currículums Vitae, si cuentan con vacantes, puestos y/o cargos con los que cuentan desde mandos operativos hasta Titular. Sobre el recurso de revisión R.R.A.I./0247/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec que proporcione la información requerida referente a copia simple  del contrato de arrendamiento del inmueble  donde serán alojados temporalmente los locatarios del Mercado Flores Magón, mientras se lleva a cabo la remodelación, así mismo, copia de los recibos de arrendamiento con efectos fiscales por el pago de la renta y copia del Dictamen de Adquisiciones del Ayuntamiento en el que se autorice o apruebe dicho contrato de arrendamiento. En cuanto al recurso de revisión R.R.A.I./0257/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Asunción Cuyotepeji que proporcione la información requerida, sobre la forma en que el Ayuntamiento realiza sus avisos de privacidad, indicando si existen contrataciones externas o los realizan sus propios servidores públicos. En el recurso de revisión R.R.A.I./0352/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa que proporcione la información requerida respecto a última evaluación que tiene en transparencia gubernamental y su último Informe de la evaluación de transparencia. Mientras que en la resolución al proyecto R.R.A.I./0357/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz que proporcione la información requerida referente a lista de personal de confianza que actualmente labora en el ayuntamiento en su totalidad, exceptuando trabajadores sindicalizados, desglosando nombres completos, puesto o cargo, sueldo o salario, incluir en otra lista los que son pagados a sueldos asimilables y/o honorarios.

Sobre los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.D.P.0004/2022/SICOM, se consideró parcialmente fundado el motivo de inconformidad del recurrente, en consecuencia, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca que modifique la respuesta a efecto de que en relación a la solicitud de acceso a la hoja única de servicios solicitada por el recurrente, le informe al solicitante que la misma no actualiza un supuesto de acceso a derechos ARCOP, reconduciéndolo e indicando el trámite específico por el cual puede obtener el documento requerido; en relación a la solicitud del recurrente respecto a la corrección de su CURP, en razón de que se encuentra de forma errónea en los archivos del responsable, procederá a realizar la corrección solicitada. Tocante al recurso R.R.A.I.032/2021, se ordenó al H. Ayuntamiento de Ciudad Ixtepec otorgue el monto total del recurso destinado a la construcción del reloj floral musical, así como la licitación realizada y el desglose de gastos de la misma. Respecto al recurso de revisión R.R.A.I.0349/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec otorgue el monto total de los recolectores de basura y luminarias que se adquirieron en el 2022, así como su procedimiento de adquisición, Acta de Sesión de Comité de adquisiciones, nombre de los tres proveedores que participaron en el proceso de adquisición y si están inscritos, con que recursos se pagó, el contrato, factura del proveedor ganador y relación de proveedores inscritos. En cuanto al expediente R.R.A.I.0084/2022/SICOM, el pleno del OGAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar su respuesta a efecto de proporcionar actualizada la base de datos de ubicación de todos los cajones (espacios para automóviles) dentro de la Ciudad de Oaxaca de Juárez: cajón para estacionamientos particulares, cajón para ascenso y descenso de personas con discapacidad, cajón para maniobras, cajón para entidades públicas, tales como, escuelas, oficinas, museos, desglosando ubicación (calle, número, colonia), vigencia y número de cajón asignado. Al resolver el proyecto R.R.A.I.0272/2021/SICOM, se ordenó a la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión, modificar su respuesta a efecto que realice una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, respecto al presupuesto aprobado para la realización la emisión campamento navideño 2020, registro de cada uno de los premios regalados en el campamento, registro de los niños que participaron en el proyecto y prueba para constar que los premios fueron entregados. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0114/2022/SICOM, se ordenó al Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza que otorgue los diagnósticos realizados por las autoridades municipales para elaborar su plan anual 2022-2024 y sus políticas de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción para el ejercicio 2022. Alusivo al expediente R.R.A.I.0192/2020, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar su respuesta y realice búsqueda exhaustiva de la comunicación, correo, oficio o informe si el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca le reintegró el saldo financiero no pagado en la cantidad de $272,931,110.40 del contrato IEEPO/UE-007/2016, al no haberse enterado dicha cantidad a CONFECCIONES SOPAK, S.A. DE C.V. antes del 31 de diciembre de 2016, conforme a lo dispuesto por el numeral 6 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el  2016.  En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0262/2021/SICOM, se ordenó a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca modificar su respuesta a efecto de realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada respecto a la etapa de investigación en que se encuentra la denuncia en contra del ciudadano indicado por el delito de violación, si así corresponde, clasificar la información que haya lugar como reservada.

En cuanto a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0166/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, modificar la respuesta y realice una búsqueda en sus archivos a efecto de localizar la información solicitada referente a la totalidad de informes trimestrales de avances físicos y financieros que recibieron o entregaron con motivo del programa en comento del 2016. En el expediente R.R.A.I. 0211/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar la respuesta y proporcione la información solicitada referente al registro de la existencia en administraciones pasadas, el Instituto de la Juventud y si en el bando de policía y gobierno se establecen requisitos de edad para el titular del Instituto Municipal de la Juventud. En el caso de haber existido alguno, se solicita el bando de policía y gobierno de dicha administración, indique en donde se localiza exactamente dicho requisito, de no existir dichas regulaciones, se solicita un informe en respuesta.  En el mismo sentido, en el recurso de revisión R.R.A.I. 0221/2022/SICOM se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar la respuesta y proporcionar la información solicitada referente al registro de la existencia en administraciones pasadas, el Instituto de la Juventud y si en el bando de policía y gobierno se establecen requisitos de edad para el titular del Instituto Municipal de la Juventud. En el caso de haber existido alguno, se solicita el bando de policía y gobierno de dicha administración, indique en donde se localiza exactamente dicho requisito, de no existir dichas regulaciones, se solicita un informe en respuesta. En el proyecto del recurso R.R.A.I. 0236/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar la respuesta y realice una búsqueda copia simple digitalizada de los comprobantes de recursos públicos ministrados a la Agencia Municipal de Pueblo Nuevo durante el ejercicio 2021. En cuanto al expediente R.R.A.I. 0356/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz que proporcione copia de todas las facturas pagadas a proveedores y/o prestadores de servicios del Ayuntamiento del 01 de enero al 31 de marzo del 2022.

Los recursos de revisión en contra del H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León (R.R.A.I. 0165/2022/SICOM), de la Secretaría de Bienestar del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0230/2021/SICOM), de la Secretaría de Seguridad Pública (R.R.A.I.0340/2021/SICOM), del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. (R.R.A.I.0354/2021/SICOM y R.R.A.I.0074/2021/SICOM/OGAIPO), del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I.0223/2022/SICOM y R.R.A.I. 0042/2021/SICOM/OGAIPO), de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura (R.R.A.I.0243/2022/SICOM), de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (R.R.A.I.0258/2022/SICOM), de la Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I.0099/2022/SICOM) y del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I. 0186/2022/SICOM) fueron sobreseídos.

Los recursos de revisión en contra de la Secretaría de Bienestar del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0365/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Santiago Lalopa (R.R.A.I.0373/2022/SICOM), de la Comisión Estatal de Vivienda (R.R.A.I./0398/2022/SICOM), de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0264/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I./0294/2022/SICOM) y del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0351/2022/SICOM) fueron desechados.

El Pleno del OGAIPO confirmó las respuestas emitidas por la Secretaría de Finanzas en el expediente R.R.A.I. 0110/2022/SICOM y el H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec en el R.R.A.I. 0246/2022/SICOM.

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