Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- El Consejo General del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO) efectuó la Décima Quinta Sesión Ordinaria 2022.
El Pleno resolvió los recursos de revisión que recurrentes interpusieron por la respuesta obtenida o falta de la misma de solicitudes de información realizadas a Sujetos obligados Estatales. Fueron analizados un total de cincuenta y ocho recursos en materia de acceso a la información; respecto a las resoluciones emitidas por el Órgano de Transparencia Estatal, en cuarenta y dos se modificó la respuesta del Sujeto obligado, en cinco proyectos se confirma la respuesta, siete recursos de revisión fueron sobreseídos y cuatro se desecharon.
De los recursos de revisión atendidos, doce presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, diecisiete por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, cuatro fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, veintiuno de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y cuatro presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.
En cuanto a los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, el recurso de revisión R.R.A.I. 064/2021, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santos Reyes Nopala responder si la superficie del inmueble identificado, se encuentra en ese municipio; si se encuentra sujeto al régimen de propiedad comunal o ejidal, o de pequeña propiedad; si se encuentra registrado ante esa autoridad; que proporcione el uso de suelo permitido en la superficie del inmueble y si ha sido inscrito y regularizado. En el proyecto R.R.A.I. 0104/2021/SICOM/OGAIPO, el Pleno revocó la clasificación de la información de la Secretaría de Seguridad Pública inicialmente pronunciado mediante los acuerdos de su Comité de Transparencia, a efecto que entregue la documental de coordenadas donde ocurrió el hecho, incidente o delito reportado, del 1 de enero de 2010 al 21 de octubre de 2021, siempre y cuando se trate de aquellos casos en los que no se dé cuenta de domicilio de personas físicas. Por lo que hace al dato de coordenadas en la que ocurrió el incidente o delito, que den cuenta del domicilio de una persona física, deberá de ordenar que se emita una resolución en la que se confirme su clasificación. Asimismo, se revoca la respuesta y se ordena, realice búsqueda exhaustiva de la información faltante, respecto al periodo de búsqueda de la información requerida por el particular, a efecto de proporcionar los reportes a partir del 1 de enero de 2010. Sobre el recurso de revisión R.R.A.I. 0265/2022/SICOM, se ordenó a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca modificar la respuesta, y realice una búsqueda exhaustiva de los sistemas y mecanismos de análisis de la información fiscal, financiera y contable, de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, de 2017, 2018, 2020 y 2021. En cuanto al expediente R.R.A.I. 0295/2022/SICOM, se revocó la respuesta de la “Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca”, a efecto de que, la unidad de transparencia, turne la solicitud de información a las áreas administrativas para que entregue una lista de las y los entrenadores deportivos universitarios de todas las disciplinas deportivas, se confirme la clasificación en su modalidad de confidencial del correo electrónico de dichos entrenadores. Mientras que en el recurso de revisión R.R.A.I. 0330/2022/SICOM, se revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y se ordena que realice una nueva búsqueda exhaustiva, relativa a las convocatorias para ser miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Oaxaca, de 2017, 2018, 2019 y 2020. En cuanto al recurso R.R.A.I. 0335/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO revocó la respuesta del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y se ordena que realice una nueva búsqueda exhaustiva de lo requerido, relativo a los documentos y actas donde se publiquen resultados de los procesos de Convocatoria de los aspirantes a ser miembros del Comité de Participación Ciudadana de Oaxaca, desde su instalación hasta el 2022. Respecto al recurso R.R.A.I. 0570/2022/SICOM, se ordenó a la Universidad del Papaloapan que realice la entrega de la información inicialmente requerida, relativa al acta de instalación del Subcomité de Adquisiciones y Acta de Instalación del Comité de Adquisiciones Federal.
Relativo a la resolución del recurso de revisión presentado por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el proyecto R.R.A.I.002/2021, se ordenó a la Secretaría del Medio Ambiente, Energía y Desarrollo Sustentable del Estado de Oaxaca modificar su respuesta a efectos de que el Comité de Transparencia conozca de la inexistencia del oficio SEMAEDESO/DCCDS/DIRA/1870/2017 de fecha 22 de octubre de 2017, emita el acta que confirma, revoca o modifica la inexistencia de la información y la remita al recurrente. Del recurso R.R.A.I.008/2021, se revocó la respuesta del Partido Revolucionario Institucional a efectos de que haga entrega del sueldo y prestación de un trabajador. En relación al recurso de revisión R.R.A.I.026/2021, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Felipe Tejalápam modificar su respuesta, a efectos que remita la versión pública de la nómina. En relación al expediente R.R.A.I.048/2021, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modifique la respuesta a efecto que indique de forma precisa dónde se encuentra la información solicitada, relativa al Calendario de presupuesto de egresos de base mensual del 2021. En cuanto al recurso R.R.A.I.068/2021, el Pleno del OGAIPO ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar su respuesta a efectos de realizar una búsqueda exhaustiva de los acuses de recibo de los programas operativos anuales 2020 y 2021 del IEEPO. Sobre el proyecto R.R.A.I.078/2021, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar su respuesta a efectos de realizar una búsqueda exhaustiva de cuentas por liquidar certificadas que están pendientes de pagar desde el 2014 a la fecha, enviadas por el IEEPO. En el recurso de revisión R.R.A.I.094/2021, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca a modificar su respuesta inicial a efectos de que declare formalmente la inexistencia de la información requerida respecto al periodo comprendido entre 2015 a 2017 y lleve a cabo una búsqueda exhaustiva de los correos electrónicos institucionales que haya enviado el Secretario de Finanzas en turno al Titular del Instituto Estatal de Educación de Oaxaca para 2018, 2019 y 2020. Acerca del recurso de revisión R.R.A.I.098/2021, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar su respuesta a efectos de realizar una búsqueda exhaustiva de los pasivos pendientes del 2016 y 2017 de la Secretaría del Bienestar. Relativo al expediente R.R.A.I.112/2021, se establece parcialmente fundado el motivo de inconformidad expresado por la parte recurrente, en consecuencia, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar su respuesta a efectos de realizar una búsqueda exhaustiva de los programas que faltan por pagar desde 2016. Tocante al recurso R.R.A.I./0003/2022/SICOM, se ordenó a los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca a modificar su respuesta inicial a efectos de realizar una búsqueda exhaustiva de la solicitud o autorización de una factibilidad de servicio en la sexta sección del Ejido Guadalupe Victoria. Concerniente al proyecto R.R.A.I./0018/2022/SICOM, se ordenó a la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno del Estado de Oaxaca modificar su respuesta a efecto de que proporcione la información relativa al gasto anual en comunicación social y/o publicidad oficial de 2016 a 2021. En el recurso de revisión R.R.A.I./0023/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca modificar su respuesta a efectos de que lleve a cabo una búsqueda exhaustiva de la información solicitada relativa a las auditorías del programa estatal “Dotación de Útiles y Uniformes Escolares” del ejercicio fiscal 2016. Correspondiente al recurso R.R.A.I./0043/2022/SICOM, se ordenó a la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión modificar su respuesta inicial a efectos de que realice una búsqueda exhaustiva respecto de la información relativa al documento que contenga el control de uso de vehículos oficiales. Conforme al recurso de revisión R.R.A.I./0343/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar su respuesta inicial a efectos de que realice una búsqueda exhaustiva respecto de la información relativa a incidentes y reportes de los años 2010 al 2018.
Respecto a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, en el asunto R.R.A.I./0472/2022/SICOM Se ordena a la Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable que proporcione la información requerida, respecto de la Convocatoria especificada para obtener autorización para establecer y operar Centros de Verificación Vehicular en el estado, se indique que empresas y centro de verificación cumplieron en tiempo y forma con la convocatoria, cuantos iniciaron operaciones, por cada centro, cuantas líneas de verificación y de qué tipo se les autorizó, que centros están prestando servicio al público. Del recurso de revisión R.R.A.I./0487/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Andrés Huayapam que proporcione la información, respecto a que el “Panteón Jardín” se cerró por motivo de la emergencia sanitaria en 2020, sin embargo, a 2 años permanece cerrado. En este sentido se requiere, las razones jurídicas y legales que lo mantienen cerrado, si existe adeudo económico o compromisos no cumplidos por el Municipio de Oaxaca de Juárez, que no permite el acceso al mismo y fecha probable de reapertura. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0532/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa que informe si el predio en donde se encuentra construida la Escuela Primaria Federal Urbana Estatal “Presidente Juárez” con clave 20DPR1855M, ubicada en Teotitlán del Camino, Oaxaca, le pertenece al IEEPO, en caso que sea así, informe bajo qué condiciones obtuvo la propiedad y quienes fueron los vendedores, que presenten todo el expediente administrativo en formato digital mediante el cual autorizaron y ejecutaron la construcción de la referida escuela. En dado caso que el terreno no le pertenezca al IEEPO, que indique que funcionarios autorizaron el asentamiento, construcción y ejecución de la referida escuela y el proceso realizado.
En relación a los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I./0119/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, modificar su respuesta para que realice la declaración de incompetencia, confirmada por el Comité de Transparencia. Para resolver el proyecto R.R.A.I./0069/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Turismo modificar su respuesta para que realice una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, en relación al tipo de licencias, y si son originales o no, que manejan de acuerdo a sus versiones de software de paquetería de oficina y su sistema operativo. En el expediente R.R.A.I./0364/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec, modificar su respuesta, debiendo realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, respecto de la feria efectuada del 16 de abril al 08 de mayo del año 2022. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I.0509/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Andrés Huayapam que entregue la información solicitada, respecto al cuadro de clasificación archivística, acta de instalación del grupo interdisciplinario de archivos; de su Unidad de Transparencia, teléfono, domicilio, correo, horario, nombre del responsable y habilitados del año 2018 a la fecha, número de solicitudes recibidas, número de recursos de revisión, cuantos han sido presentados por hombres y mujeres o asociaciones civiles del año 2018 a la fecha, cuántas solicitudes han sido reservadas y cuantas confidenciales, nombramientos de integrantes del Ayuntamiento y la hoja de nómina, así como el listado de percepciones del Presidente Municipal. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0444/2022/SICOM, se ordenó a la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca que entregue al recurrente la información solicitada, con relación a la cantidad de alumnos de la Institución, personal administrativo, representantes del Consejo Universitario y personal académico. Concerniente al asunto R.R.A.I./0524/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría General de Gobierno que modifique su respuesta realizando una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, respecto de las minutas de trabajo del diálogo con las autoridades municipales de San Juan Mazatlán Mixe y los Agentes Municipales junto con el Presidente comunitario. En cuanto al recurso R.R.A.I/0354/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz entregar la información solicitada, respecto de la solicitud con relación al número de proveedores del H. Ayuntamiento de Salina Cruz en el año 2022. Sobre el asunto R.R.A.I/0384/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz que entregue la información solicitada, en cuanto a los contratos adjudicados para la construcción del proyecto del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec en los años 2021 y 2022. En tanto al recurso de revisión R.R.A.I/0504/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Sebastián Abasolo que entregue la información solicitada, respecto al cuadro de clasificación archivística, acta de instalación del grupo interdisciplinario de archivos; de su Unidad de Transparencia, teléfono, domicilio, correo, horario, nombre del responsable y habilitados del año 2018 a la fecha, número de solicitudes recibidas, número de recursos de revisión, cuantos han sido presentados por hombres y mujeres o asociaciones civiles del año 2018 a la fecha, cuántas solicitudes han sido reservadas y cuantas confidenciales, nombramientos de integrantes del Ayuntamiento y la hoja de nómina, así como el listado de percepciones del Presidente Municipal. Acerca del expediente R.R.A.I/0374/2022/SICOM, se ordenó a la Comisión Estatal de Arbitraje Médico modificar su respuesta debiendo realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada en materia de Gobierno Abierto. Con relación al recurso de revisión R.R.A.I.006/2021, se ordenó a la Secretaría de Finanzas del Estado de Oaxaca modificar su respuesta debiendo hacer entrega de la información de acuerdo a los estados financieros del IEEPO y el informe que se integra a la cuenta pública por lo que respecta al contrato IEEPO/UE/007/2016 derivado de la licitación pública nacional EA-920037993-N1-206. En cuanto al recurso R.R.A.I.050/2021, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca a modificar su respuesta y se aboque a la búsqueda de la información requerida, del acta de entrega recepción de la administración estatal del periodo 2010-2016 al periodo 2016-2022, en versión pública la información de los pasivos pendientes por cubrir dentro de los programas estatales en materia de educación bajo el amparo del ejercicio 2016. Mientras que en el asunto R.R.A.I.060/2021, se ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca modificar su respuesta y se aboque a la búsqueda de la información respecto del acta entrega-recepción de la administración actual (periodo 2016-2022). Referente al proyecto R.R.A.I.0164/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento la Heroica Ciudad de Huajuapan de León otorgue la información respecto al organigrama general y copia del acta de cabildo donde se aprobó la estructura orgánica municipal de la administración 2022-2024. Respecto al recurso R.R.A.I.0199/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León otorgue la información solicitada respecto del contrato colectivo de trabajo del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento, número de actas administrativas levantadas a cada uno de los trabajadores pertenecientes al sindicato, desglose del personal perteneciente al mismo sindicato, el aporte que reciben por concepto de despensas y demás apoyos y el horario laboral de la mesa directiva del sindicato, así como los puestos que desempeñan. Mientras que en el expediente R.R.A.I.0039/2021/SICOM/OGAIPO y acumulados R.R.A.I.0057/2021/SICOM/OGAIPO y R.R.A.I.0060/2021/SICOM/OGAIPO, se revocó la respuesta del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca y se ordenó realizar una búsqueda exhaustiva para que proporcione la versión pública de las modificaciones presupuestarias que se formularon al Oficial mayor dentro de los años 2016, 2017 y 2018 por lo que respecta al programa estatal de “dotación gratuita de uniformes y útiles escolares”.
En cuanto a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0331/2022/SICOM, se revocó la respuesta del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y se ordenó realizar una búsqueda exhaustiva de lo requerido, respecto a la lista de aspirantes a ser miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Oaxaca, para cada convocatoria de 2017, 2018, 2019 y 2020. En el expediente R.R.A.I. 0396/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar la respuesta y proporcione la información solicitada, referente a copia digital del contrato de la empresa que rehabilitó los postes de las luminarias en la obra de rehabilitación de bulevares y de manera detallada el monto del recurso invertido.
En los recursos de revisión en contra del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I. 0275/2022/SICOM, R.R.A.I. 0280/2022/SICOM, R.R.A.I. 0285/2022/SICOM, R.R.A.I. 0290/2022/SICOM), y de la Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I.056/2021) se confirmó la respuesta.
Respecto a los recursos de revisión en contra de la Secretaría de Seguridad Pública (R.R.A.I./0053/2022/SICOM), los Servicios de Salud de Oaxaca (R.R.A.I.0019/2021/SICOM/OGAIPO), el H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec (R.R.A.I.0154/2022/SICOM), la Defensoría Pública del Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0039/2022/SICOM), el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I./0474/2022/SICOM), el H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I. 0366/2022/SICOM y R.R.A.I. 0376/2022/SICOM) fueron sobreseídos.
Mientras que los recursos en contra del H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza (R.R.A.I. 0595/2022/SICOM), la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca (R.R.A.I./0558/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec (R.R.A.I.0597/2022/SICOM) y del H. Ayuntamiento de Reyes Etla (R.R.A.I.004/2022) fueron desechados.
En esta sesión ordinaria, mediante el acuerdo OGAIPO/CG/062/2022, se aprobaron las medidas de apremio que serán impuestas por el incumplimiento a las resoluciones emitidas en los Recursos de Revisión, a los siguientes sujetos obligados: Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de Oaxaca, Comisión Estatal Forestal, Instituto de Cultura Física y Deporte, Instituto Oaxaqueño Constructor e Infraestructura Física Educativa, Hospital de la Niñez Oaxaqueña, Universidad del Mar y Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca.
Con el acuerdo OGAIPO/CG/063/2022, se aprobó el Cumplimiento de la Publicación del Catálogo de Información de Interés Público divulgado por los Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca, correspondiente al ejercicio 2021. A través del acuerdo OGAIPO/CG/064/2022, se aprobó la resolución de dos denuncias por incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia a los Sujetos obligados: Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y Gubernatura, declarándolas como infundadas. Mediante el acuerdo OGAIPO/CG/065/2022, se aprobó la resolución de cinco denuncias por incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia a los Sujetos obligados: H. Ayuntamiento de la H. Ciudad de Juchitán de Zaragoza (2 denuncias), H. Ayuntamiento de Salina Cruz, Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión, declarándolas como fundadas y estableciendo el plazo de quince días para dar cumplimiento.
Por medio del acuerdo OGAIPO/CG/066/2022, se aprobaron dos dictámenes de cumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022, que emite la Dirección de Comunicación, Capacitación, Evaluación, Archivo y Datos Personales: el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (100%) y la Comisión Estatal de Vivienda (100%).
Finalmente, con el acuerdo OGAIPO/CG/067/2022, se aprobaron ocho dictámenes de incumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022, que emite la Dirección de Comunicación, Capacitación, Evaluación, Archivo y Datos Personales. Los dictámenes fueron de los siguientes Sujetos obligados: el Fideicomiso Público Denominado Oficina de Convenciones y Visitantes de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 89.51%, Cédula de Evaluación Página web 89.51%), la Secretaría de Administración (Cédula de Evaluación SIPOT 62.59%, Cédula de Evaluación Página web 62.59%), la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción (Cédula de Evaluación SIPOT 85.13%, Cédula de Evaluación Página web 85.13%), la Coordinación Estatal de Protección Civil de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 72.49%, Cédula de Evaluación Página web 72.49%), la Comisión Estatal del Agua (Cédula de Evaluación SIPOT 85.37%, Cédula de Evaluación Página web 85.37%) y la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (Cédula de Evaluación SIPOT 73.98%, Cédula de Evaluación Página web 73.98%), la Secretaría de Seguridad Pública (Cédula de Evaluación SIPOT 83.62%, Cédula de Evaluación Página web 83.62%) y la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable (Cédula de Evaluación SIPOT 87.57%, Cédula de Evaluación Página web 87.57%).