Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- Se efectuó la Octava Sesión Ordinaria 2022 del Consejo General del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO).
En esta sesión se resolvieron 35 recursos de revisión que promovieron los solicitantes ante la respuesta recibida o falta de la misma a solicitudes de información realizadas a Sujetos Obligados del Estado de Oaxaca. Los recursos analizados fueron en materia de acceso a la información; respecto al sentido de las resoluciones emitidas por el OGAIPO, en 26 se modificó la respuesta del sujeto obligado, en un proyecto se confirmó la respuesta y ocho recursos de revisión fueron sobreseídos.
De los recursos de revisión atendidos, siete presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, ocho por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, siete fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, cuatro de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y nueve presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.
Sobre los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda; en cuanto al recurso de revisión R.R.A.I. 0088/2021/SICOM/OGAIPO, el Pleno del OGAIPO ordenó a la Comisión Estatal del Agua modificar su respuesta y pronunciarse respecto a las concesiones para la explotación de agua; si en el estado algún municipio tiene concesión para la explotación de agua; si en el estado algún municipio, comisariado y bienes comunales o ejidales tiene contrato para la distribución de agua; si en el estado se realiza contrato con algún municipio, comisariado de bienes comunales o ejidales para la distribución de agua a las colonias o municipios del estado. Respecto al proyecto R.R.A.I. 0096/2021/SICOM/OGAIPO, se revocó la respuesta de la Universidad del Mar y se ordenó realizar la búsqueda de la información solicitada, relativa a especies utilizadas, número de especies, tipo de investigación y severidad, en la experimentación y/o investigación con animales. Referente al recurso R.R.A.I. 0104/2021/SICOM/OGAIPO, el OGAIPO confirmó la respuesta de la Secretaría de Seguridad Pública, respecto a la reserva de la información, relativa a coordenadas de los reportes de incidentes; sin embargo, le ordena para que, a través de su Subsecretaría de Información y Desarrollo Institucional, realice una búsqueda exhaustiva de la información faltante respecto al periodo de búsqueda de la información requerida; la Comisionada María Tanivet Ramos Reyes dio un voto particular a dicho recurso. En cuanto al recurso de revisión R.R.A.I. 0110/2021/SICOM, el Consejo General del OGAIPO revocó la respuesta de los Servicios de Salud de Oaxaca y le ordenó proporcionar las listas que remitieron los hospitales de Oaxaca al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia (CENSIA) y el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) a través una versión pública en la que se protejan datos personales sensibles que revisten la calidad de confidenciales. Sobre el recurso de revisión R.R.A.I. 0155/2022/SICOM, se ordenó a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje que otorgue la información solicitada, relativa al padrón de socios o lista de integrantes que tenga registrado del Sindicato Único de Trabajadores de Caminos y Aeropistas de Oaxaca, así como el acuerdo de actualización o toma de nota. Respecto al recurso R.R.A.I. 0170/2022/SICOM, el OGAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Pochutla que otorgue la información solicitada, relativa a los permisos y licencias municipales de funcionamiento y de obra, respecto a una clínica particular identificada. En cuanto al recurso de revisión R.R.A.I. 0185/2022/SICOM, el Pleno ordenó a la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca que otorgue la información solicitada, relativa a programas o servicios de apoyo y acompañamiento estudiantil, desagregada, para lo cual, se podrá utilizar el formulario de información que el propio recurrente anexó a su solicitud de información.
Referente a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el recurso de revisión R.R.A.I./0108/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec proporcionar copia simple de la Sesión de Cabildo en la que se designó al Contralor Interno Municipal de la presente administración, copia simple del Dictamen de la Comisión que eligió al Contralor Interno Municipal, fundamento legal para el proceso de selección y designación del citado funcionario, copia simple de la Sesión de Cabildo en la que se aprobó el Reglamento para la creación del Instituto Municipal de Planeación para el Municipio (IMPLAN), copia del Dictamen de la Comisión de Concejales que estudió la propuesta, dictaminó su viabilidad y presentó para su aprobación ante el Cabildo, copia de los estudios previos de viabilidad del IMPLAN en este municipio. En relación a la resolución al recurso R.R.A.I./0113/2022/SICOM, el OGAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz que proporcione la información requerida de los diagnósticos realizados para elaborar su Plan 2022-2024 y sus políticas de transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción para el ejercicio 2022. En cuanto al proyecto R.R.A.I./0123/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León que proporcione copia en formato digital del contrato de prestación de servicios celebrado por dicho Ayuntamiento para litigar o dar atención a los traspasos no autorizados de recursos económicos (hackeo) a través de las cuentas municipales del Banco BANORTE por un monto de 19 millones de pesos. En el recurso R.R.A.I./0138/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz informar de la existencia de un programa contra la trata de personas, si el municipio ha asistido a reuniones de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados en 2021-2022, acciones para prevención de la trata, campañas para prevenirla, donde se han difundido dichas campañas, alcance, supervisión de la policía municipal a lugares propicios para la trata, acciones y presupuesto para prevención y atención a víctimas de trata, existencia de albergues o refugios, si son estatales o de la sociedad civil (en el último caso si recibe apoyo estatal), casos de trata de personas en el municipio, casos denunciados, cuantas carpetas de investigación tienen por ese delito, cuántas víctimas de trata tienen esas carpetas, acciones para apoyar el desarrollo de las comunidades más pobres y vulnerables con el fin de evitar la migración y la trata de personas. Sobre el recurso de revisión R.R.A.I./0168/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán que proporcione copia digital de todas las comisiones y comités que lo integran, la nómina general de todo el personal que conforma al municipio especificando cada uno de sus sueldos, salarios, prestaciones, dietas, bonos en general toda retribución que perciban.
En cuanto a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez; en el asunto R.R.A.I. 034/2021, el Consejo General ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) modificar la respuesta y realizar declaratoria de inexistencia, confirmada por su Comité de Transparencia, concerniente a versión pública y de forma electrónica correos electrónicos institucionales enviados el titular de la Oficialía Mayor en turno del IEEPO al Titular de la Dirección de Administración en turno del mismo (IEEPO de 2015 a 2020. Del recurso de revisión R.R.A.I. 092/2021, se ordenó al IEEPO modificar la respuesta y realizar la declaratoria de inexistencia, confirmada por su Comité de Transparencia, concerniente a versión pública y de forma electrónica los correos electrónicos institucionales enviados del Titular del IEEPO al titular de la Oficialía Mayor, en turno del Instituto Estatal al Secretario de Finanzas del Gobierno de Oaxaca de 2015 al 2020. Para resolver el proyecto R.R.A.I. 110/2021, se ordenó al IEEPO modificar la respuesta y realizar la declaratoria de inexistencia, concerniente a versión pública y de forma electrónica de las aclaraciones que hayan realizado a observaciones del Congreso del Estado por medio de la Auditoría Superior del Estado al Programa Estatal “Dotación Gratuita de Uniformes y Útiles Escolares”, de 2016 a 2018. En lo que se refiere al recurso R.R.A.I. 0126/2021/SICOM, el Pleno ordenó a los Servicios de Salud de Oaxaca modificar la respuesta y realizae una búsqueda en los archivos de las áreas, a efecto de localizar documentos que contengan el número de solicitudes de aborto por violación del 1 de abril al 31 de diciembre de 2020, desagregada por mes, municipio en que se recibieron, edad de solicitante, estado civil, discapacidad, lengua indígena y semanas de gestación. En el recurso de revisión R.R.A.I. 0134/2021/SICOM, el OGAIPO le ordenó a la Secretaría de las Culturas y Artes de Oaxaca modificar la respuesta sobre porque no está integrado el Comité de Autenticidad de conformidad con la Ley de Desarrollo Cultural del Estado de Oaxaca, realizar una búsqueda del currículum vitae de la Integrante del Comité de Autenticidad indicada y los contratos de honorarios de los integrantes de ese Comité en versión pública. Relativo al recurso R.R.A.I.0164/2021/SICOM, el Pleno ordenó a la Secretaría General de Gobierno del Estado de Oaxaca modificar la respuesta y realizar una búsqueda a efecto de localizar el Acta de la 1ª Sesión ordinaria de la Junta Directiva de la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión, del 30 de enero de 2020, en la que mediante acuerdo número CORTV/JD/ORD-01-2020/07, los integrantes de ese Órgano de Gobierno, aprobaron la designación de las y los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana de ese Organismo Público y la proporcione a la parte recurrente.
En relación a los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0044/2021/SICOM/OGAIPO, el Pleno del OGAIPO ordenó a la Secretaría General de Gobierno modificar su respuesta, a efecto de que remita al recurrente las constancias que declaran y confirman la inexistencia de la información. En relación al R.R.A.I.0087/2021/SICOM/OGAIPO, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez modificar su respuesta a fin de que proporcione la información sobre la estructura de los agentes de policía y el salario que perciben los mismos.
Respecto a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0071/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó a la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca modificar la respuesta y realizar una nueva búsqueda de la información y proporcionar al recurrente la fecha y comprobante de pago de la factura citada en la solicitud de información. En el expediente R.R.A.I. 0121/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modificar la respuesta e indicar el constructor que va a realizar la obra indicada, copia simple del contrato de obra, copia de convenio o acuerdo en el que dicho Comedor Social le será asignado para su administración a una Asociación Civil y el criterio para la asignación directa de la administración de dicho lugar a la Asociación especificada. En la resolución al asunto R.R.A.I. 0136/2022/SICOM, el Pleno del OGAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Salina Cruz proporcionar el Bando de Policía y Buen Gobierno, Reglamento, Documento en el que obren las funciones del Juez Calificador Municipal, Documento en el que obren la creación de la figura de Juez Calificador Municipal, fecha de publicación de los anteriores documentos en el Periódico Oficial del Estado, además, informar si la Gaceta Municipal se encuentra en uso y dónde es publicada o en qué lugar se puede consultar. En el proyecto del recurso de revisión R.R.A.I. 0141/2022/SICOM, el OGAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán informar de la existencia de un programa contra la trata de personas, si el municipio ha asistido a reuniones de la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados en 2021-2022, acciones para prevención de la trata, campañas para prevenirla, donde se han difundido dichas campañas, alcance, supervisión de la policía municipal a lugares propicios para la trata, acciones y presupuesto para prevención y atención a víctimas de trata, existencia de albergues o refugios, si son estatales o de la sociedad civil (en el último caso si recibe apoyo estatal), casos de trata de personas en el municipio, casos denunciados, cuantas carpetas de investigación tienen por ese delito, cuántas víctimas de trata tienen esas carpetas, acciones para apoyar el desarrollo de las comunidades más pobres y vulnerables con el fin de evitar la migración y la trata de personas. En la resolución al asunto R.R.A.I. 0146/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino que otorgue copias certificadas del Acta de Sesión de Cabildo donde conste el nombramiento del Tesorero, Secretario y Contralor Municipal, copias certificadas del Acta de Sesión de Cabildo de la aprobación del presupuesto de egresos para el ejercicio 2022, copias certificadas del documento en el que conste el presupuesto de egresos aprobado para el ejercicio 2022 para el Municipio, copias certificadas del Programa Operativo Anual (POA) autorizado para el ejercicio 2022 para el Municipio, copias certificadas del Plan Municipal de Desarrollo con evidencias documentales de mesas de trabajo previas y evidencias de haber recabado la opinión de la ciudadanía para estructurarlo, copias certificadas del currículum e historial académico de los concejales integrantes del Municipio, copias certificadas de las cédulas profesionales expedidas por la Dirección General de Profesiones, SEP, para ejercer su profesión a nivel licenciatura o maestría de cada uno de los concejales del Municipio, copias certificadas del currículum vitae de los titulares de puestos de dirección del Municipio, copias certificadas de cédulas profesionales a nivel licenciatura o maestría de cada uno de los titulares de dirección del Municipio, copias certificadas del organigrama autorizado, puestos de dirección asignados y salarios brutos y netos los integrantes de la administración municipal, listado que contenga relación detallada de los Inmuebles propiedad del Municipio, especificando, utilización o finalidad que actualmente tengan asignados, y si actualmente están libres de gravámenes, listado que contenga relación detallada de salarios y/o sueldos brutos y netos de cada uno de los concejales y titulares de dirección del Municipio para el periodo 2022-2024. En cuanto al R.R.A.I. 0151/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Pochutla a que otorgue la información requerida en su solicitud de información en cuanto a los límites de las Comunidades del Rosedal y de El Tomatal, ambas en el Municipio de Santa María Colotepec.
Los recursos de revisión en contra del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I.0038/2022/SICOM), de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (R.R.A.I.0048/2022/SICOM), de la Dirección del Registro Civil (R.R.A.I./0073/2022/SICOM), del H. Congreso del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0014/2022/SICOM), del extinto Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0076/2021/SICOM/OGAIPO), de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0036/2022/SICOM y R.R.A.I. 0086/2022/SICOM); a ambos recursos la Comisionada María Tanivet Ramos Reyes dio voto particular y de la Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I. 0081/2022/SICOM) fueron sobreseídos.
El Pleno del OGAIPO confirmó la respuesta emitida por la Secretaría General de Gobierno del Estado de Oaxaca en el expediente R.R.A.I.054/2021.
En esta sesión ordinaria, mediante el acuerdo OGAIPO/CG/037/2022, el Consejo General aprobó el Cuadro General de Clasificación Archivística de este Órgano Garante. En el mismo sentido, el Pleno del OGAIPO aprobó el Catálogo de Información de Interés Público que deberán publicar los sujetos obligados del Estado de Oaxaca, correspondiente al ejercicio 2021 a través del acuerdo OGAIPO/CG/038/2022.