En Sesión Ordinaria, OGAIPO resuelve Recursos de Revisión; aprueba diversos acuerdos

Compartir:

Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- En su Décimo Tercera Sesión Ordinaria 2022, el Consejo General del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO), resolvió recursos de revisión que recurrentes interpusieron ante la respuesta proporcionada o falta de la misma, en cuanto a solicitudes de información generadas a Sujetos obligados estatales.

Se analizaron un total de 52 recursos en materia de acceso a la información y uno en materia de protección de datos personales; en cuanto al sentido de las resoluciones emitidas por el Órgano Garante Estatal, en 21 se modificó la respuesta del Sujeto obligado, en siete proyectos se confirmó la respuesta, siete recursos de revisión fueron sobreseídos y 18 fueron desechados.

De los recursos de revisión atendidos, 13 presentó la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, siete por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes, 11 fueron de la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, 16 de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán y seis presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales.

Respecto a los recursos de revisión de la ponencia de la comisionada Claudia Ivette Soto Pineda, el recurso de revisión R.R.A.I. 0195/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Finanzas modificar la respuesta, para que dé acceso a la información de los juicios contenciosos tramitados en el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, que se encuentren en el estado procesal concluidos, tal como fue requerido, y mediante acuerdo de reserva. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I. 0220/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez que modifique su respuesta y proporcione la información relativa a si existe registro de administraciones pasadas, en que haya existido el Instituto Municipal de la Juventud, si en su Bando de Policía y Gobierno, se mencionan o se expresan requisitos de edad, como limitante para ser el titular del Instituto y en caso de existir, remitir el Bando de Policía y Gobierno de esa administración e indique dónde se localiza exactamente dicho requisito. En el recurso de revisión R.R.A.I. 0230/2022/SICOM, se ordenó al Instituto Estatal de Educación para Adultos modificar la respuesta para que realice una nueva búsqueda exhaustiva de lo requerido, relativa a cuantos educandos fueron certificados en el Modelo Educativo Primaria, así como en el Modelo Educativo 10-14. En relación al recurso de revisión R.R.A.I. 0240/2022/SICOM, se ordenó a la Comisión de Límites del Estado de Oaxaca realizar una búsqueda exhaustiva de lo requerido, relativa a la resolución dictada por esta Comisión, de 06 de agosto de 1973 y 13 de octubre de 1973 entre las comunidades de bienes comunales del Barrio de Lieza, Municipio y Distrito de Santo Domingo Tehuantepec y bienes comunales de Santa María Mixtequilla. Mientras que en el proyecto R.R.A.I. 0485/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santiago Suchilquitongo que realice la entrega de la información requerida, respecto a tipos de incidentes o eventos presuntamente constitutivos de delitos y/o falta administrativa con la respectiva hora, fecha, lugar, ubicación y coordenadas geográficas.

En cuanto a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada María Tanivet Ramos Reyes; en el recurso de revisión R.R.A.I.120/2020, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Jerónimo Sosola realizar búsqueda exhaustiva respecto a si en la entrega – recepción de la autoridad saliente del período 2017-2019, fue entregado proyecto ejecutivo y técnico del pozo de agua potable o sistema de agua potable de la localidad, si cuenta con permiso por autoridades correspondientes, el cual se ejecutó durante el ejercicio fiscal 2017. Del recurso de revisión R.R.A.I.0216/2021/SICOM, se ordenó al Fideicomiso para el Desarrollo Logístico del Estado de Oaxaca modificar su respuesta a efectos de que elabore una versión pública de la información solicitada relativa al Plan Estratégico y el Plan Maestro Conceptual del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, en el marco del Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec. Con relación al recurso de revisión R.R.A.I./0528/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero proporcione los requisitos para poder acceder al servicio de luz eléctrica, el cobro de cuotas o aportaciones por motivo de la instalación o apertura del servicio de luz eléctrica, facultades o atribuciones del comité de electrificación de cobrar cuotas y aportaciones por apertura de redes de electrificación, casos de cuotas ilegales en el municipio, así como, dónde puede denunciar abusos de los integrantes de comités de electrificación.

Referente a las resoluciones de los recursos de revisión presentados por la ponencia de la comisionada Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, en el asunto R.R.A.I./0307/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción que modifique su respuesta y proporcione la información consistente en los Lineamientos que regulan las sesiones del Comité Coordinador del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción de 2017, 2018, 2019 y 2021. En cuanto al expediente R.R.A.I.0312/2022/SICOM, se ordenó a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción que modifique su respuesta y proporcione la información consistente en las actas y sesiones sobre la aprobación de los informes del Comité Coordinador, correspondiente a los años 2018, 2021 y la primera sesión ordinaria de fecha 22 de febrero de 2022. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0317/2022/SICOM, el Consejo General del OGAIPO ordenó a la  Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción modifique su respuesta y le proporcione las convocatorias del Comité Coordinador con las que el Sistema Estatal Anticorrupción sesiona, desde su instalación hasta el año 2020. Tocante al recurso R.R.A.I./0087/2022/SICOM y su acumulado R.R.A.I./0102/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec modifique su respuesta y proporcione la información requerida, respecto a un archivo en Excel, liga o dirección url en donde el presidente municipal explique a partir de cuantos años tomó el criterio para los empleados que se quedaran a laborar en su administración, explicación del motivo por el que trabajadores con mayor antigüedad a la persona referida fueron despedidos, explicación de la suspensión y negación del pago a trabajadores que fueron reconocidos y se les dieron plazas sindicales, así como, el derecho a seguir trabajando, se requiere la respuesta a través de video y de manera escrita y firmada en archivo pdf.

Concerniente a los recursos de revisión de la ponencia del comisionado Josué Solana Salmorán; en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0248/2021/SICOM, se ordenó al  extinto Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (Actualmente Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca) modificar su respuesta a efecto de realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada y procesar la misma en una base de datos abiertos en Archivo Excel de cada una de Solicitudes de Acceso a la Información Pública que han recibido y registrado vía presencial, correspondencia, fax, teléfono, telegrama, correo electrónico, redes sociales, Infomex, Plataforma Nacional de Transparencia y cualquier otro medio, desagregada en fecha de recepción de la solicitud, número de folio, descripción de la solicitud, fecha de respuesta y tipo de respuesta del 12 de junio de 2003 al día de hoy. En el expediente R.R.A.I.0357/2021/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Andrés Tepetlapa que entregue la información solicitada, respecto a los residuos sólidos en el Municipio, en cuanto al plan, el costo de la disposición, cada cuando y cuanto recolectan y lo que gastan. Relativo al recurso de revisión R.R.A.I.0269/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Constancia del Rosario que entregue la información solicitada con relación al nombre, número existente, presupuesto asignado por mes o año, partida presupuestal, fondo o ramo, la manera en la que se hacen llegar los recursos y el método de lineamientos que sigue el Ayuntamiento para definir el presupuesto asignado a las Agencias Municipales y de Policía. En lo que respecta al proyecto R.R.A.I.0169/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Huajuapan de León que realice una búsqueda exhaustiva y entregue la información, respecto al monto mensual que, por concepto de «dieta», entregó durante el año fiscal 2021, para cada una de sus agencias municipales y agencias de policía. Alusivo al expediente R.R.A.I.020/2021, se ordenó al H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino proporcione el currículum vitae del Presidente Municipal, del Regidor de obras públicas y del Director de Obras Públicas. En cuanto al recurso de revisión R.R.A.I.0124/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de Huajuapan de León otorgue la información solicitada con relación a su estructura orgánica autorizada del periodo 2022-2024, así como el Directorio Institucional actualizado de las áreas administrativas que lo conforman. Para resolver el proyecto R.R.A.I.0404/2022/SICOM, se ordenó al H. Ayuntamiento de San Pedro Tapanatepec realizar búsqueda exhaustiva sobre el currículum, identificación y aprobación ante la Secretaría de Seguridad Pública de los custodios del Presidente Municipal.

Relativo a los recursos de revisión presentados por la ponencia del comisionado presidente José Luis Echeverría Morales; en el recurso de revisión R.R.A.I. 0266/2022/SICOM, se ordenó a la  Fiscalía General del Estado de Oaxaca modificar la respuesta, y realice una búsqueda exhaustiva de la información referente a estudios e investigaciones criminológicos, actas y sesiones con la descripción de las herramientas de inteligencia con metodologías interdisciplinarias de análisis e investigación de las distintas variables criminales, socioeconómicas y financieras para conocer la evolución de las actividades relacionadas con los hechos que la ley considera como delitos en materia de corrupción, de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, desde su instalación hasta el año en curso. En el expediente R.R.A.I. 0346/2022/SICOM, se ordenó al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca modificar la respuesta y proporcionar los informes de resultados de las auditorías practicadas a la Secretaría de Servicios Administrativos por parte del Órgano Interno de Control durante los ejercicios 2019, 2020 y 2021.

Los recursos de revisión en contra de la Secretaría de Finanzas (R.R.A.I. 0200/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I. 0235/2022/SICOM, R.R.D.P.0008/2022/SICOM), del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (R.R.A.I. 0245/2022/SICOM), del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I./0059/2022/SICOM), del extinto Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0220/2021/SICOM) y de los Servicios de Salud de Oaxaca (R.R.A.I.0108/2021/SICOM) fueron sobreseídos.

Los recursos de revisión en contra de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I. 0475/2022/SICOM, R.R.A.I./0479/2022/SICOM, R.R.A.I. 0525/2022/SICOM), de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción (R.R.A.I. 0510/2022/SICOM, R.R.A.I.0512/2022/SICOM, R.R.A.I./0514/2022/SICOM, R.R.A.I. 0515/2022/SICOM, R.R.A.I.0517/2022/SICOM, R.R.A.I./0519/2022/SICOM, R.R.A.I. 0520/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Huajuapan de León (R.R.A.I./0027/2022/SICOM), de la Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I.0497/2022/SICOM), del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0502/2022/SICOM), de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0537/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de Matías Romero Avendaño (R.R.A.I.0494/2022/SICOM), del H. Ayuntamiento de San Lorenzo Texmelucan (R.R.A.I./0489/2022/SICOM), del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (R.R.A.I./0429/2022/SICOM) y de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado (R.R.A.I. 0536/2022/SICOM) fueron desechados.

Además, el Pleno del OGAIPO confirmó las respuestas del H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I./0263/2022/SICOM, R.R.A.I./0273/2022/SICOM, R.R.A.I. 0281/2022/SICOM, R.R.A.I. 0286/2022/SICOM), de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I./0268/2022/SICOM), de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado (R.R.A.I. 0097/2021/SICOM/OGAIPO) y de la Secretaría de Finanzas (R.R.A.I. 0201/2022/SICOM)

En esta sesión ordinaria, mediante el acuerdo OGAIPO/CG/054/2022, se aprobaron diez dictámenes de cumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia 2022, que emite la Dirección de Comunicación, Capacitación, Evaluación, Archivo y Datos Personales, correspondientes a los siguientes Sujetos obligados: Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicanos (100%), Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (100%), Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (100%), Secretaría de Bienestar del Estado de Oaxaca (100%), Instituto de Estudios de Bachillerato del Estado de Oaxaca (100%), H. Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán (100%), Fiscalía General del Estado de Oaxaca (100%), Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública del Estado de Oaxaca (100%), Secretaría de Movilidad (100%) y Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Oaxaca (100%).

También mediante el acuerdo OGAIPO/CG/055/2022, se aprobaron ocho dictámenes de incumplimiento sobre el procedimiento del Programa Anual de Verificación al Cumplimiento de las Obligaciones de, Transparencia 2022, que emite la Dirección de Comunicación, Capacitación, Evaluación, Archivo y Datos Personales. Los dictámenes fueron de los siguientes Sujetos obligados: H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec (Cédula de Evaluación SIPOT 94.20%, Cédula de Evaluación Página web 94.20%), Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior en el Estado de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 78.07%, Cédula de Evaluación Página web 78.07%), Instituto Estatal de Educación para Adultos (Cédula de Evaluación SIPOT 81.91%, Cédula de Evaluación Página web 81.91%), H. Ayuntamiento Villa Sola de Vega (Cédula de Evaluación SITRAM 0% ), H. Ayuntamiento de El Barrio de la Soledad (Cédula de Evaluación SITRAM 0%), Caminos y Aeropistas de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 87.58%, Cédula de Evaluación Página web 87.58%), Secretaría de las Culturas y Artes de Oaxaca (Cédula de Evaluación SIPOT 95.37%, Cédula de Evaluación Página web 95.37%) y H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (Cédula de Evaluación SIPOT 85.01%, Cédula de Evaluación Página web 85.01%).

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Ir arriba