En 2024 se cumplirán 200 años de la promulgación de la primera Constitución mexicana, me refiero a la de 1824. Es insoslayable recordar que la Nueva España alcanzó su independencia de la península ibérica el 27 de septiembre de 1821; por lo que en aquella época se discutió cuál sería la mejor forma de organización política.
«Los dos pilares fundamentales de la Constitución de 1824 fueron la consolidación política y territorial del Estado mexicano»
Firmados los tratados de Córdoba a través de los cuales se logró la emancipación de España, inmediatamente, Agustín de Iturbide, aprovechando los turbulentos tiempos de libertad, se proclamó emperador de México; no obstante, el primer imperio mexicano fue efímero. Quienes consumaron la independencia deliberaron, entre 1821 y 1824, cuál sería la organización política de la joven nación.
La Constitución de 1824, promulgada el 4 de octubre de aquel año, estuvo influenciada por otras dos Normas Supremas, una de ellas fue la Constitución de Cádiz de 1812 y la otra la Constitución estadounidense de 1787; empero, de la norteamericana abrevó instituciones políticas que hasta nuestros días subsisten: división de poderes, el concepto de soberanía popular, presidencialismo, federalismo, supremacía constitucional, sólo por mencionar algunas.
Con base en lo anterior, los dos pilares fundamentales de la Constitución de 1824 fueron la consolidación política y territorial del Estado mexicano, debido a que estableció, como forma de gobierno: “la república representativa, popular y federal” (artículo 4 de la Constitución en comento); además de establecer los Estados y territorios que conformaron México en aquel tiempo (artículo 5 del mismo ordenamiento constitucional).
Vivir y conformarse como una república implica lo siguiente: la elección periódica de representantes populares, que el cargo no es hereditario y que es la forma de gobierno donde puede participar toda la ciudadanía.
Hablar de república popular se alude a la soberanía que recae en el pueblo. Existió un ilustrado a quien se le atribuye esta teoría de que el pueblo puede ejercer una voluntad general (soberanía) para llegar a tomar acuerdos, nos referimos a Juan Jacobo Rousseau; empero, este filósofo ginebrino, argumentó que la soberanía es indivisible, por lo que era imperioso que toda la ciudadanía se reuniera para tomar decisiones políticas.
Así como ahora, en 1824, resultó imposible que se reunieran todas las personas con capacidad para votar o tomar decisiones para la república, por lo que las nuevas naciones implementaron lo descrito por otro filósofo, Emmanuel Sieyés, quien detalló que era imposible que toda la ciudadanía se reuniera para tomar acuerdos, por lo que resultaría más factible elegir representantes, quienes a su vez tomarían las decisiones por el pueblo que los eligió.
Por último, la federación es una forma de Estado que consiste en que pequeños territorios cedieron parte de su soberanía a un pacto federal, llamado Constitución, para conformar un Estado-nación. Las 13 colonias británicas fueron pequeños Estados que se agruparon para defenderse de la corona británica, además de consolidar su economía y régimen político, de ahí el nombre de Estados Unidos de Norteamérica.
En el caso de México, no éramos Estados separados, sino una masa territorial llamada Nueva España que, cuando logró su independencia, emuló el nombre del vecino del norte, por ello, el nombre completo de la Carta Magna de 1824 fue Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
Espero que, en un año, retomar algunos postulados establecidos por la Constitución de 1824, por lo pronto le dejo de tarea leer la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente desde 1917. Ojalá note algunos cambios entre una Constitución y la otra.
Al final, usted, tiene la mejor opinión…
Eduardo Bizuet
- Ex Defensor de las Audiencias de la CORTV. Licenciado en Derecho, maestro en Derecho Constitucional y Administrativo, maestrante en Ciencias de la Educación. Desde 2010, es docente en las áreas de Derecho, Ciencias de la Comunicación, Ciencias Políticas, Ciencias Sociales y Económico-Administrativas.